Marco jurídico y legal de la lucha contra la MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA

Organismos internacionales

En 1948, las Naciones Unidas mediante la Declaración Universal de los Derechos Humanos, prohíben todas las formas de discriminación basadas en el sexo, aseguran el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas así como el derecho la protección ante cualquier violación de la Declaración.

En 1958, el Consejo Económico y Social (ECOSOC) solicitó a la OMS la realización de un estudio sobre la persistencia de la costumbre de someter a las niñas a operaciones rituales y comunicar los resultados a la Comisión sobre la Situación de la Mujer, dos años después, en un Seminario sobre la Mujer en Adis Abeba, se debatió el problema de la MGF y se hizo una llamada a la OMS para que condenara su medicalización. En 1961, el ECOSOC pidió a la OMS que estudiara los aspectos médicos de las operaciones basadas en prácticas tradicionales.

La Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer de 1979 (ratificada por 136 estados en 1995), marcó un hito en la campaña contra las prácticas tradicionales nefastas, estableciendo la dirección de los planes de acción internacionales y nacionales. Se identificaron nuevas formas de prácticas tradicionales nefastas y se hizo una recomendación para la formación del Comité InterAfricano contra las Prácticas Tradicionales Perjudicales que Afectan la Salud de las Mujeres y los Niños. Además, el seminario reiteró las conclusiones realizadas en el seminario de 1960 y urgió a los Gobiernos a colaborar con los organismos internacionales para eliminar dichas prácticas en un esfuerzo conjunto.

La Convención sobre los Derechos del Niño (1989) en su artículo 19 exige de los Estados “proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluso el abuso sexual”.

En 1994 Naciones Unidas adoptaron el Plan de Acción para la Eliminación de las Prácticas Tradicionales Perjudiciales que Afectan a la Salud de las Mujeres y los Niños. Este plan fue llevado a la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo El Cairo 1994 y a Pekín 1995 incluyéndose, por primera vez, en sus conclusiones recomendaciones específicas a los Estados a fin de erradicar las mutilaciones genitales femeninas.